La exclusión de la mujer en las representaciones sigue vigente
El debate sobre la participación de las mujeres en el Misteri d’Elx vuelve a cobrar protagonismo en plena celebración de la Festa. La representación medieval, uno de los principales símbolos culturales de Elche y reconocida por la UNESCO como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad, conserva una estructura de participación en la que determinados personajes están reservados a hombres y niños.
La Coordinadora Feminista d’Elx considera que esta diferenciación por razón de sexo vulnera el principio de igualdad vigente en el siglo XXI y prepara nuevas acciones institucionales y jurídicas para intentar modificar esta situación.
La posición del Patronato sigue siendo contraria a abrir determinados papeles de la representación a las mujeres. Su presidente, José Manuel Sabuco, ha defendido que la responsabilidad de la institución es preservar la tradición y la esencia medieval de la Festa.
El Patronato señala, además, que la participación de las mujeres ya está presente en otros ámbitos de la institución, incluidos sus órganos de gobierno y la Escolanía, en la que actualmente participan niñas.
La Coordinadora Feminista considera insuficiente esta explicación. Su planteamiento es que no se discute la presencia de mujeres en la organización, sino su posibilidad de acceder a determinados papeles artísticos en igualdad de condiciones con los hombres y niños.
La cuestión adquiere una especial dimensión simbólica porque entre los personajes de la representación se encuentran figuras femeninas fundamentales para una obra cuyo argumento gira en torno a la muerte, asunción y coronación de la Virgen María.
El Patronato no es una entidad cultural privada, recibe fondos públicos y la ley no permite la discriminación de una parte de la población
Uno de los principales argumentos de la reclamación feminista se encuentra en la naturaleza jurídica del Patronato del Misteri d’Elx.
La Ley 13/2005, de 22 de diciembre, del Misteri d’Elx, establece que el Patronato es un ente de derecho público sometido al derecho privado y adscrito a la conselleria competente en materia de cultura.
La norma le atribuye las funciones de protección, mantenimiento y celebración anual de la Festa.
Esta naturaleza pública introduce un elemento jurídico diferente al que existiría si se tratase exclusivamente de una entidad privada. La controversia se relaciona directamente con el artículo 14 de la Constitución Española, que establece el principio de igualdad y prohíbe la discriminación por razón de sexo.
También entra en juego la Ley Orgánica 3/2007, de igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Su artículo 26 establece que las autoridades públicas deben hacer efectivo el principio de igualdad de trato y oportunidades en la creación, producción y difusión artística e intelectual.
La legislación contempla igualmente que los organismos responsables de la gestión cultural adopten medidas destinadas a evitar la discriminación estructural y favorezcan una presencia equilibrada de mujeres y hombres en la oferta artística y cultural pública.
El debate jurídico se centra, por tanto, en una cuestión concreta: si una institución de naturaleza pública puede mantener una diferencia de trato por razón de sexo apelando a la conservación de una tradición histórica, especialmente cuando la actividad recibe financiación pública.
La Ley del Misteri habla de supuesta tradición, pero la igualdad forma parte del ordenamiento jurídico vigente
El Patronato fundamenta su posición en la propia legislación específica del Misteri. La Ley 13/2005 establece que la protección, mantenimiento y celebración de la Festa deben realizarse «de acuerdo con la tradición».
Para la Coordinadora Feminista, esta referencia no puede interpretarse de manera aislada. Su argumento es que la protección de una manifestación cultural no puede transformarse en una excepción permanente a los derechos fundamentales establecidos en la Constitución y desarrollados posteriormente por la legislación de igualdad.
La Ley del Misteri define además la Festa como una seña de identidad del pueblo ilicitano y de todos los valencianos. En su exposición de motivos se recuerda que la continuidad histórica de la representación ha sido posible gracias al apoyo de la ciudadanía y de las instituciones públicas.
De ahí surge una de las preguntas que la organización feminista pretende trasladar al debate público e institucional: si el Misteri es patrimonio del pueblo de Elche, ¿resulta compatible con ese carácter que una parte de la ciudadanía quede excluida de determinados personajes exclusivamente por ser mujeres?
Ministerio de Igualdad y Generalitat Valenciana son los primeros escenarios de la demanda
La Coordinadora Feminista d’Elx ya ha trasladado sus reclamaciones al Observatorio de Igualdad del Ministerio de Igualdad y a la Generalitat Valenciana.
La organización pretende continuar utilizando las vías institucionales disponibles si el Patronato mantiene su negativa a modificar el sistema de participación.
Entre los siguientes pasos que se plantean aparece la posibilidad de trasladar el conflicto a la UNESCO.
El organismo internacional reconoció el Misterio de Elche como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad en 2008. Previamente, en 2001, había sido proclamado Obra Maestra del Patrimonio Oral e Inmaterial de la Humanidad.
La Coordinadora Feminista plantea informar a la organización internacional sobre la situación y analizar si la salvaguardia de una manifestación cultural exige necesariamente mantener estructuras de participación diferenciadas por sexo.
La cuestión conecta con el propio concepto de protección del patrimonio cultural inmaterial de la UNESCO, que incluye la salvaguardia y transmisión de las manifestaciones culturales.
La financiación pública es una característica esencial a tener en cuenta para la no discriminación femenina
La posible judicialización del conflicto podría llevarlo a la jurisdicción contencioso-administrativa.
La Coordinadora Feminista d’Elx contempla esta posibilidad si las actuaciones institucionales no generan cambios. En ese supuesto, el debate jurídico tendría que determinar si la exclusión de determinados papeles constituye una diferencia de trato legítima y jurídicamente justificada o si, por el contrario, supone una discriminación incompatible con el ordenamiento constitucional.
La naturaleza del Patronato volvería a adquirir una importancia central. La Ley 13/2005 lo configura como un ente de derecho público adscrito a la Administración cultural valenciana, y no simplemente como una asociación privada encargada de una actividad cultural.
Además, existe una participación económica de las administraciones públicas en el sostenimiento de la Festa.
En la sesión pública celebrada el pasado 13 de agosto se presentó el presupuesto para 2027, cifrado en 555.200 euros. De esa cantidad, el 72,7 % procede de ayudas públicas.
Para la parte feminista, este dato refuerza el argumento de que la discusión sobre igualdad y no discriminación debe analizarse también desde la responsabilidad que tienen las administraciones cuando intervienen en la gestión y financiación de una manifestación cultural.
La Escolanía plantea argumentos dudosos y que «juegan al despiste» con la actual presencia de niñas
La presencia de niñas en la Escolanía constituye otro de los argumentos esgrimidos por el Patronato.
La legislación específica del Misteri establece que la Escolanía es el coro infantil dependiente de la Junta Rectora y que sus integrantes pueden participar en las representaciones a criterio del maestro de Capella.
El Patronato sostiene que la incorporación de niñas demuestra que la presencia femenina ya forma parte de la Festa.
La Coordinadora Feminista plantea una distinción: participar en la Escolanía no equivale necesariamente a disponer de acceso a todos los personajes de la representación.
Para la organización, el verdadero núcleo de la controversia se encuentra en determinar si las niñas pueden aspirar a los mismos papeles que los niños y si las mujeres pueden acceder a los personajes que actualmente permanecen restringidos por razón de sexo.
La diferencia entre presencia femenina dentro de la estructura de la Festa y acceso igualitario a los distintos papeles constituye uno de los elementos que podría tener que analizarse en una eventual revisión jurídica.
Un conflicto real de discriminación que se repite en otros ámbitos de la cultura tradicional
El caso del Misteri d’Elx se incorpora a un debate más amplio que afecta a la relación entre patrimonio, tradición y derechos fundamentales.
Durante las últimas décadas, distintas fiestas y manifestaciones tradicionales españolas han afrontado controversias cuando determinadas prácticas históricas han entrado en conflicto con los principios de igualdad y no discriminación.
La legislación no establece que una tradición deba desaparecer por el simple hecho de proceder de una época histórica en la que existían diferencias entre hombres y mujeres.
La cuestión es diferente cuando esa práctica continúa aplicándose en la actualidad y supone una exclusión basada exclusivamente en el sexo, especialmente cuando intervienen estructuras públicas y financiación institucional.
La Ley Orgánica 3/2007 establece que la igualdad debe incorporarse de forma transversal a la actuación de los poderes públicos y proyectarse también sobre las políticas culturales y artísticas.
El futuro del Misteri pasa por decidir hasta dónde llega la tradición para sostener la desafortunada e histórica discriminación de la mujer
El conflicto enfrenta dos posiciones claramente diferenciadas.
Por un lado, el Patronato defiende que la conservación de la estructura tradicional de los personajes resulta necesaria para mantener la esencia histórica de una representación que ha sobrevivido durante siglos.
Por otro, la Coordinadora Feminista sostiene que la protección del patrimonio no puede utilizarse para establecer una excepción frente a los derechos constitucionales de igualdad y no discriminación.
El Misteri d’Elx ha conseguido mantener su identidad a través de diferentes etapas históricas y circunstancias sociales. La controversia actual plantea si esa capacidad de adaptación debe incorporar también la igualdad efectiva entre hombres y mujeres.
Si finalmente el asunto llega a los tribunales, la decisión deberá abordar cómo se compatibilizan la Ley 13/2005 del Misteri d’Elx, el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007 de igualdad efectiva entre mujeres y hombres y las obligaciones de las instituciones públicas encargadas de conservar y financiar el patrimonio cultural.
La controversia se desarrolla mientras la Festa continúa su calendario tradicional en la Basílica de Santa María. El 14 de agosto se representa la Vespra y el 15 de agosto tiene lugar la Festa, culminando una manifestación cultural que la UNESCO reconoce como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad.
La cuestión que ahora se abre en Elche no afecta únicamente a la conservación de los cantos, la tramoya o la puesta en escena medieval. El debate plantea si, en pleno siglo XXI, la tradición puede seguir determinando por razón de sexo quién puede interpretar determinados personajes de una obra considerada patrimonio cultural del pueblo ilicitano.
Crónica: AFPRESS



